EL ESTADO
¿Qué es el Estado? Es la sociedad política y jurídicamente organizada capaz de imponer la
autoridad de la ley en el interior y afirmar su personalidad y responsabilidad
frente a las similares del exterior. Los Estados pasan, las naciones, quedan;
ya que hubo Estado esclavista, feudal, etc., en una misma Nación. En un Estado
puede haber varias naciones, pero no se concibe una nación que contenga varios
Estados.
Estado, denominación que reciben las
entidades políticas soberanas sobre un determinado territorio, su conjunto de
organizaciones de gobierno y, por extensión, su propio territorio.
DEFINICIÓNES DE ESTADO
Cabanellas
dice que: El Estado “Es la sociedad jurídicamente organizada capaz de imponer
la autoridad de la ley en el interior y firmar su personalidad y
responsabilidad frente a las similares del exterior”.
Pellet
Lastra dice que: "el Estado es una sociedad conformada por un grupo humano
que vive en comunidad sobre un territorio determinado cuya estructura de poder
está ocupada por una clase dirigente y reglada por normas constitucionales.
Tiene por finalidad lograr el bien común y proyectarse con identidad propia en
la comunidad internacional".
Esmein
define al Estado como la "personificación jurídica de la nación".
Viscaretti Di Ruffia define al Estado como "ente social que se forma
cuando en un territorio determinado se organiza jurídicamente en un pueblo que
se somete a la voluntad de un gobierno" (NARANJO Mesa Vladimiro, Teoría Constitucional E Instituciones
Políticas, Bogotá, Colombia: Ed. Temis S.A., 2000, pág. 72).
Según
Adolfo Posada, el Estado, “es
una organización social constituida en un territorio propio, con fuerza para
mantenerse en él e imponer dentro de él un poder supremo de ordenación y de
imperio, poder ejercido por aquel elemento social que en cada momento asume la
mayor fuerza política” (OSSORIO, Manuel, Diccionario de ciencias jurídicas y políticas, Buenos, Aires,
Argentina, Heliasta, 24va, 1997).
Para
Duguit: el Estado la “agrupación humana fijada sobre un territorio determinado,
donde los más fuertes imponen su voluntad a los más débiles" -TRAD>.
Para Marx, el Estado es la “organización política de la clase económicamente
dominante”, decía que es un "instrumento de dominación de clases”. (ROSENTAL,
M.M, Diccionario Filosófico,
Lima, Perú, Homo sapiens, 1970).
SEGÚN LA CONSTITUCION POLITICA DE LA REPÚBLICA DE
GUATEMALA EN RELACION A ESTADO.
Artículo 140. ESTADO DE GUATEMALA. Guatemala es un Estado libre, independiente y
soberano, organizado para garantizar a sus habitantes el goce de sus derechos y
de sus libertades. Su sistema de gobierno es republicano, democrático y
representativo.
Artículo 141. SOBERANÍA. La soberanía radica en el pueblo quien la delega,
para su ejercicio, en los Organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial. La
subordinación entre los mismos, es prohibida.
LOS
ELEMENTOS DEL ESTADO
Visibles o materiales.
a) Población.
b) Territorio.
No visibles, formales o constitutivos:
c) Poder
Conjunto de
personas que viven en un territorio determinado donde actúa el poder
público, sean nacionales, extranjeros, residentes o transeúntes, que están
unidas por intereses comunes.
Se debe diferenciar la Población,
conjunto de habitantes y estantes de un Estado con el termino Pueblo que es un subconjunto
compuesta de todas las personas que gozan de la ciudadanía, categoría política
consistente en el vínculo político que une a una persona con el Estado por el
cual puede ejercer sus derechos políticos (elegir y ser elegido) y se determina
por la edad y la capacidad de las personas, y corresponde al Derecho
constitucional y a la ley electoral.
Es el espacio material
que constituye la porción geográfica determinada y exclusiva donde se asienta
la población y ejerce su imperium el
Estado.
Los elementos
del Territorio son:
1.
La unidad jurídica: Se
refiere a la existencia de un solo Ordenamiento
Jurídico en
todo el territorio donde tiene soberanía el Estado, en Bolivia unidad jurídica
permite el Pluralismo Jurídico.
2.
La unidad natural: o física,
se refiere a la geografía y comprende:
ü El suelo
(delimitado por las fronteras),
ü el
subsuelo (en forma de cono hasta el centro de la Tierra),
ü el
espacio aéreo (hasta el sistema defensivo del país),
ü el mar
territorial (hasta las 12 o 200 millas marinas, según el país que lo haga
respetar ), y
ü el
espacio lacustre (comprendido por los lagos, lagunas y ríos).
3.
La indivisibilidad: Significa
que por regla que los países son de territorio continuo, aunque por excepción
pueden ser discontinuos, por ejemplo Malasia y otros países están conformados
por un conjunto de islas. Otro ejemplo, dentro de un Estado las embajadas que
gozan de inmunidad territorial o diplomática, son parte del territorio de un
“Estado” y se rigen por el ordenamiento jurídico vigente en el mismo, a pesar
de encontrarse espacialmente dentro de otro Estado.
El Poder es
la suprema potestad del Estado
que lo autoriza para imponer decisiones de carácter general y regir, aun
coercitivamente, según reglas obligatorias, la convivencia de cuantos residen
en su territorio sujeto a sus facultades políticas y administrativas que los
obedecerán. Existe poder cuando el mandato de una sujeto A es obedecido
por un sujeto B (cualquiera que sea la motivación de la obediencia): si no hay
obediencia no hay poder. El Poder se
ejerce a través del Gobierno que
realiza la voluntad del Estado. El Gobierno pone
en movimiento un elemento del Estado: el Poder.
El gobierno es conjunto
de órganos ejecutores del Poder público del Estado, realizando la voluntad de
este, ordenando y manteniendo un régimen con arreglo a la Constitución. El Gobierno pone en movimiento un elemento del Estado: el
Poder.
SEGÚN LA CONSTITUCION POLITICA DE LA REPÚBLICA DE
GUATEMALA EN RELACION ELEMENTOS DEL ESTADO.
Artículo 142. DE LA
SOBERANÍA Y EL TERRITORIO. El Estado ejerce plena soberanía, sobre:
a) El territorio nacional integrado por su suelo,
subsuelo, aguas interiores, el mar territorial en la extensión que fija la ley
y el espacio aéreo que se extiende sobre los mismos;
b) La zona contigua del mar adyacente al mar
territorial, para el ejercicio de determinadas actividades reconocidas por el
derecho internacional; y
c) Los
recursos naturales y vivos del lecho y subsuelo marinos y los existentes en las
aguas adyacentes a las costas fuera del mar territorial, que constituyen la
zona económica exclusiva, en la extensión que fija la ley, conforme la práctica
internacional.
Artículo 152. PODER PUBLICO. El poder
proviene del pueblo. Su ejercicio está sujeto a las limitaciones señaladas por
esta Constitución y la ley.
Ninguna persona, sector del pueblo, fuerza armada o
política, puede arrogarse su ejercicio.
TIPOS DE
ESTADO
ESTADO DE
BIENESTAR.
(WelfareState, ‘Estado
Benefactor’, ‘Estado social’) que es un concepto, surgido en la segunda mitad
del siglo XX, y parte de la premisa de que el gobierno de un Estado debe ejecutar determinadas políticas sociales
que garanticen y aseguren el ‘bienestar’ de los ciudadanos en determinados
marcos como el de la sanidad, la educación y, en general, todo el espectro
posible de seguridad social.
De acuerdo con la opinión de Linares Quintana,
Estado Constitucional es aquel
que se caracteriza por garantizar la libertad como finalidad suprema y última
del Estado; por limitar y fiscalizar el poder estatal por medio de su división
en razón de la materia y, a veces, del territorio; por la juridicidad o imperio
del Derecho; por la soberanía popular o gobierno de la mayoría con la
colaboración y fiscalización de la minoría y respetando los derechos de ésta. No existe.
El
Estado Social De Derecho es la organización política de la vida social que
tiene la finalidad suprema y última del Estado el desarrollo económico y social
de los individuos.
El
Estado Democrático De Derecho es la organización política de la vida social que
tiene la finalidad suprema y última del Estado la equidad social a través de distribución
de la riqueza de manera equitativa.
El Estado de Monarquía
Constitucional es la organización política de la vida social que garantiza la
libertad como finalidad suprema y última del Estado guiado un monarca que reina
pero no gobierna, sino que, a lo sumo, actúa como poder moderador entre el
gobierno y el Parlamento.
El Estado de Derecho es
la Organización política de la
vida social sujeta a procedimientos regulados por ley en el cual los actos del
Estado están limitados estrictamente por un marco jurídico supremo guiados por el
Principio De Legalidad y el respeto absoluto de los derechos fundamentales.
En relación citamos también los siguientes
artículos de Nuestra Carta Magna.
Artículo 140. ESTADO DE
GUATEMALA. Guatemala es un Estado libre, independiente y soberano, organizado para
garantizar a sus habitantes el goce de sus derechos y de sus libertades. Su
sistema de gobierno es republicano, democrático y representativo.
Artículo 1o. PROTECCIÓN A LA PERSONA. El Estado de
Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo
es la realización del bien común.
Artículo 2o. DEBERES DEL
ESTADO. Es deber del
Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la
justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.
También mencionamos que en el artículo 119 del
mismo cuerpo legal se encuentran reguladas las obligaciones fundamentales del
Estado de Guatemala.